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Depósitos en España. Foto cedida por Repsol.
Para las instalaciones de gas natural receptoras desde depósitos fijos inidividuales, las revisiones obligatorias son dos:
La obligación de realizar una revisión cada 5 años recae enteramente en los propietarios o usuarios de la instalación, quienes deben tener en cuenta que la revisión periódica de la instalación receptora debe coincidir con la de la instalación que la alimenta.
La revisión debe llevarla a cabo una empresa instaladora de gas autorizada contratada por el titular o el usuario.
En este caso, el servicio de revisión debe pagarse directamente o bien según cuerdo entre las partes.
Documentos | ||
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Inspecciones obligarias.Comprobaciones. |