En el BOE del 30 de diciembre se ha publicado la Orden IET/2446/2013, que establece los valores de los peajes y cánones asociados al acceso a terceros a las instalaciones gasistas y la retribución de las actividades reguladas. Los peajes señalan el coste para las empresas comercializadoras por usar las infraestrucuras gasista para llevar el gas natural a sus clientes. El BOE del 31 de diciembre recogía la Resolución con los valores de la TUR. En la actualidad solo existen dos casos: la TUR para los clientes de menos de 5.000 kWh de consumo anual y para los consumidores con un consumo entre 5.000 y 50.000 kWh. La presión de distribución debe ser igual o inferior a 4 bar. Se aplica a consumidores que no hayan firmado un contrato con un comercializador elegido por ellos.
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