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Gas al día
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Normativa española

Proyecto de Real Decreto de impulso del biometano

Tal y como anunció el secretario de Estado de Enegía, Joan Groizard, en la inauguración de la 52ª Reunión Anual de Sedigas, el Ministerio para la Transición Ecológfica y el Reto Demográfico ha abierto el trámite de audiencia e información pública sobre el proyecto de Real Decreto de impulso del biometano.

Este proyecto establece, por primera vez, un sistema de cuotas para el biometano que pretende garantizar una determinada cantidad de este gas renovable en el volumen total de gas natural y gas natural licuado suministrado o consumido, los sujetos obligados a su cumplimiento, así como de las previsiones para su supervisión y control. Se considerará biometano acreditado aquel que disponga de garantías de origen de gases renovables de biometano. La propuesta normativa plantea el establecimiento de una cuota mínima anual creciente de penetración de biometano en las ventas de gas natural o gas natural licuado para fines distintos al transporte, de modo que alcance el 6% del total en 2035. 

Asimismo se modifica el Real Decreto 1434/2002, de 27 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de gas natural, con el objetivo de facilitar la penetración de otros gases, entre ellos el biometano, y maximizar el uso de las infraestructuras existentes del sistema gasista.

En particular, se regulan los equipos de flujo inverso como elementos integrantes de las instalaciones de transporte o de distribución, clarificando su titularidad, operación y mantenimiento, y estableciendo un régimen basado en la financiación de la inversión por parte de los promotores de las instalaciones de producción de otros gases y en la operación por parte de los titulares de la red de presión superior.

Por otra parte, se clarifica el régimen jurídico de las instalaciones de conexión necesarias para la inyección de otros gases en la red gasista, incluyendo las líneas directas. En particular, se establece la obligación de que dichas líneas directas, una vez puestas en servicio, sean cedidas de forma obligatoria al transportista o distribuidor titular de la red a la que se conecten, quien deberá aceptar dicha cesión, integrándose así en el sistema gasista. Una vez integradas, estas pasarán a estar sujetas al régimen general de acceso de terceros y podrán ser usadas por otros productores, consumidores o redes de distribución, cuando ello resulte una alternativa más eficiente, previéndose el resarcimiento económico a los promotores.

El plazo para presentar documentación finalizará el próximo 11 de junio.

La documentación ha de remitirse a la dirección de correo electrónico bzn-SGH@miteco.es indicando en el asunto: “Alegaciones_RD_ biometano”.

  • Texto del proyecto de Real Decreto de impulso al biometano [+]
  • Memoria del análisis del impacto normativo del proyecto de Real Decreto [+]
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